Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de fijación de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: ELENA CONTRERAS CAÑAS, contra el ciudadano: JULIAN PATRICIO REYES LIZCANO, para sus hijos: E.Y.R.C., J.D.R.C., y E.J.R.C., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia). Y así se decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de Agosto y Diciembre de cada año, el 50%, a fin de cubrir gastos de útiles, uniformes escolares y gastos de fin de año. En cuanto a los gastos médicos y medicinas, los mismos deberán ser.....