En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la ley, Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal e impone al ciudadano JONATHAN JOSE GRATEROL, de nacionalidad Venezolana, de 23 años de edad, natural de Caracas, nacido en fecha 3-3-1980, de estado civil soltero, de oficio buhonero, residenciada en Urbanización La Raiza, Santa Teresa, sector manguito 7, calle Guam, casa 10-B hijo de Zoraida Barrios y Adán Graterol y titular de la cédula de identidad Nro.15.379.393, la medida cautelar sustitutiva del ordinal 3° consistente en presentaciones cada Quince (15) días por Seis (6) meses, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Excarcelación. Es todo, terminó, se leyó y confor.....