Este Tribunal de primera instancia en función de control, No. 05, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, procediendo de conformidad con lo establecido en loss artículos 47 y 285, numerales 3 y 4, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo establecido en los artículos 11, 13, 24, 280, 281 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 210, 211 y 212 eiusdem, autoriza el allanamiento a ser practicado en la siguiente dirección: "...(omissis)..."; debiendo ser realizado tal allanamiento por los funcionarios: Sub Inspector QUINTANA HÉCTOR, Sub Inspector GREDDY URBINA, Detectives JUAN CARLOS GODOY, DANNY NIETO, OLIVEROS PEDRO, y los agentes FIGUEROA JOHAN, BERRIOS JOHAN y PADILLA ANGEL, titulares de las cédulas de identidad personales números V-10.907......