Se ordena el traslado del penado para el día 18 de Noviembre del 2004, a las 9:00 a.m. de la mañana, al Internado Judicial Capital Rodeo I, para imponerle de la presente decisión. Oficiese a la Unidad de Defensoria Publica Penal de la Circunscripción del Estado Miranda con sede en Charallave, para que se le designe un Defensor Publico Penal, Presidente del Consejo Nacional Electoral, a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, a la Dirección de Registro y Notarías del Ministerio del Interior y Justicia participándole la interdicción civil del penado, a la Coordinación de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Dirección Regional, para la realización del informe Psico Social a que se refiere el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, al Director del Internado Judicial Capital Rodeo I y Notifíquese al ciudadano Fiscal Décimo del Ministerio Público con Competencia Plena en Ejecución de Sentencia.....