...OTORGAR al imputado GUTIERREZ BEÑOSE YHONNY ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° 8.763.778,respectivamente, la Medida Cautelar contenida en el Artículo 259, vale decir, Caución Juratoria, vista la imposibilidad manifiesta de presentar fiadores, con el compromiso del imputado de someterse al proceso, no obstaculizar la investigación y abstenerse de cometer nuevos delitos, con la obligación de presentarse periódicamente ante el Tribunal, cada Treinta (30) días, sopena de revocatoria de la misma. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad en lo establecido en el Artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, SUSTITUYE POR CAUCIÓN JURATORIA la medida.....