Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal PRIMERO de Primera Instancia en lo Penal Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que la Ley le confiere, ACUERDA SUSTITUIR, la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el acusado RICAURTE JESUS ANTONIO y en su lugar impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contenida en el artículo 256 ordinal 3° consistente en presentación CADA QUINCE DIAS (15) una vez que mejore de su estado de salud, ello a los fines de garantizar las resultas del proceso penal, asimismo el acusado deberá dar cumplimiento a las obligaciones del artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal consistentes en prohibición de acercarse a las víctimas y testigos del presente caso, obligación de presentarse a todos y cada uno de los actos convocados por el tribunal a lo cual deberá permanecer atento y .....