DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por el ciudadano JORGE LUIS URBINA UZCÁTEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.717.167, contra la ciudadana BLANCA ERNESTINA BERMÚDEZ DE URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-3.716.050, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos JORGE LUIS URBINA UZCÁTEGUI y BLANCA ERNESTINA BERMÚDEZ DE URBINA, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 19 de agosto del año 1976, según consta del contenido de la copia certificada del acta de matrimonio inserta bajo el Acta N° 251, folio H-75 del libro de matrimonio llevado por ante Registro Civil de la Parroquia El Valle del Municipio Libertador del Distrito Capital.
De conformidad con lo establecido en los artículos 101, numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena registrar la presente sentencia ante el Registro Civil de la Par.....