Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, REVOCA el Beneficio de Régimen Abierto, al penado MATAMOROS GUZMAN RUBEN ANTONIO , titular de la Cédula de identidad numero V.6.355.943, ampliamente identificado en autos que anteceden, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia. Notifíquese al Fiscal 10°Con Competencia A NIVEL NACIONAL DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO , remitiéndole anexo copia certificada de la presente decisión. Notifíquese a la Defensora Pública penal MICHELL TATIANA SARMIENTO designada a favor del Penado MATAMOROS GUZMAN RUBEN ANTONIO , titular de la Cédula de identidad numero V.6.355.943. y se notifique de la presente decisión. Líbrese oficio a la Oficina de Sanciones Penales remitiéndole anexo en copia cer.....