DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana INGLEBIS REGALADO ALADEJO, titular de la cédula de identidad V-13.321.423, contra la Providencia Administrativa Nro. 073-2015, dictada en fecha 10-04-2015, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de calificación de falta incoada por la entidad de trabajo PLÁSTICOS MOLDEADOS DECOCAR, C.A ya identificada, en contra de LA prenombrada ciudadana. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.