emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA PENALMENTE RESPONSABLES a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, por la comisión del delito de VIOLACIÓN EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 374 en relación con el artículo 83, ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, y los CONDENA A CUMPLIR LA SANCIÓN DE CINCO (05) AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal "f", en relación con el artículo 622, 628 Parágrafo Segundo, Literal a), artículo 605 todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sanción que han de cumplir en centro que designe el Juez de Ejecución.