DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Único: Declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto en fecha trece (13) de enero del año 2025, por la ciudadana Idarly Coromoto Mora Peña, quien actúa asistida por los abogados Ingrid Jaimes Mora y Félix Antonio Matos, en estricto apego a lo establecido en el artículo 428 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, así como la jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia invocada a lo largo del presente fallo.