...ORDENA:
PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de notificar la demandada ASOCIACION CIVIL CLUB DE PLAYA AGUA SAL, para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR, a las 11:30 a.m. del DECIMO (10) DÍA HÁBIL, siguiente a que conste en autos la certificación por la Secretaria de haberse practicado la notificación que se haga de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, más un (01) día como término de la distancia, de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil.