DISPOSITIVO
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara Primero: SIN LUGAR, el punto previo referente a la Prescripción de la Acción; Segundo: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOAQUIN DURAN, titular de la cédula de identidad No. 1.755.093, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CRISTOBAL ROJAS DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA por motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES. Tercero: No Procede el pago de la Indemnización prevista en la cláusula 10 de la Convención Colectiva de Trabajo suscrita entre la Alcaldía del Municipio Cristóbal Rojas y el Sindicato Único de Trabajadores de la Alcaldía de Charallave ¿SUT.....