ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO CINCO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, OÍDAS LAS PARTES, DECIDE:
PRIMERO: Deja sin efecto la privación de libertad decretada en fecha 24 de Mayo de 2004, en contra del ciudadano HÉCTOR ALEXANDER VELOZ, ya identificado, por el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano VIVAS JOSÉ PASCUAL, ya que tal y como consta en oficio Nº 1296/2003 emitido por la oficina de alguacilazgo, de fecha 22 de Octubre del 2003, este ciudadano se presento en las siguientes fechas: 24 de Septiembre del 2001, 10 de Octubre del 2002, 24 de Marzo del 2003 y 18 de Septiembre del 2003, verificándose el cumplimiento de una de las condiciones impuestas al imputado en fecha 30 de Mayo del 2001 en la cual se acogió al beneficio de suspensión del proceso otorgado por este Tribunal por el lapso de 2 años.....