Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley; decretar el CESE de las presentaciones del imputado JOSE RAMON PANTOJA OLIVEROS, titular de la cedula de identidad N°. 19.154.401, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 264 del Código Orgánico Procesal Penal.