...ACUERDA EL OTORGAMIENTO de la medida alternativa de cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado: EDUARDO JOSE BOMPART, titular de la Cédula de Identidad N° 14. 510. 165, en virtud de encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 66 de la Ley de Régimen Penitenciario, imponiéndole las siguientes obligaciones de estricto cumplimiento: 1º) Debe pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario Elena Aray, ubicado en el edificio anexo a la casa de Reeducación y Trabajo Artesanal " La Planta", ubicado en la Avenida Páez del Paraíso
de lunes a Domingo a partir de las 7:00 horas de la noche. 2º) Abstenerse de ingerir sustancias psicotrópicas o estupefacientes. 3º) Se le prohíbe portar y/o manipular armas de fuego. 4°) Debe consignar dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes a la presente fecha constancia en la que se indique si efectivamente comenzó a laborar en la Cooperativa CAROL MI.....