Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida en contra del VICTOR ROLANDO VERENZUELA, indocumentado, mayor de edad, natural Los Teques, Estado Miranda, de estado civil Soltero, de profesión u oficio indefinida, hijo de los ciudadanos FLORENCIA CASTILLO (v) y JOSE VERENZUELA (v) y residenciado en el Barrio Santa Eulalia, casa sin numero, Los Teques, Estado Miranda; por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las parte.....