Decretar Judicialmente SIN LUGAR, el otorgamiento solicitado por la Defensa Pública, en representación del penado, de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena en la Modalidad de DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO, según establecen los artículos 478 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal; en beneficio del ciudadano penado: EDGARDO JOSE VASQUEZ SECO, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-15.199.373; todo ello conforme lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 173 del Código Orgánico Procesal Penal.