CONDENA al ciudadano NIXON ALEXANDER ARAGORT, de nacionalidad venezolana, natural de Higuerote, nacido el 14 de agosto de 1988, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad NºV-22.535.130, de profesión u oficio pintor con rodillo, hijo de Coromoto Aragort (v) y Luis Guzmán (v), residenciado en Urbanización Tres de Junio, Las Velitas, Barrio a juro, Higuerote, Municipio Autónomo Brión del estado Miranda; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS de PRISIÓN; por ser AUTOR responsable de la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la época de los hechos, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; pena que cumplirá en los términos que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente.