PRIMERO: Se califica la flagrancia del hecho por el cual resultó aprehendido el ciudadano LIRA RODRÍGUEZ WILMER ALEXANDER, de 24 años de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad V-13.477.244, de estado civil soltero, natural de Los Teques Estado Miranda , donde nació el 09-06-79, profesión u oficio Ayudante de Albañilería, hijo de ALEJANDRO LIRA, (v) y de MARIA ANGELINA RODRIGUEZ BELLO (v), grado de instrucción 6to grado, residenciado en el Barrio Buenos Aires, Calle Principal, Casa No. 18-20 Los Rodríguez, frente al abasto, en toda la redoma, frente de una gruta donde hay una virgen, en la misma casa en la parte de abajo hay un taller mecánico que es de mi tío, Los Teques, Estado Miranda; por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 373 ejusdem; hecho este que se subsume en la comisión del delito de Hurto Calificado en grado de frustración, previsto y sancionado e.....