DECLARAR con LUGAR PARCIALMENTE, en cuanto a la solicitud interpuesta por la Dra. SONSIRETH PERDOMO, Defensora Pública, actuando en representación del ciudadano: ZAMBRANO ZAMBRANO LIBERTH ENRIQUE, por lo antes expuesto SE ACUERDA, dar con lugar la solicitud interpuesta por la defensa en cuanto al cambio de la Medida Sustitutiva de Libertad, en el cual se exime del ordinal 8 y se mantiene el ordinal 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la Prohibición de acercarse a la víctima y testigo de la presente causa.