PRIMERO: DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta a los penados: TRINO JOSE MILANO REGALADO, de nacionalidad venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.094.880 y ANGEL JOSE MORALES ASCANIO de nacionalidad venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.457.394, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 04 de Noviembre de 2009. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479, 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.