...PRIMERO: Se establece que el penado CABRERA PEREZ JULIO CESAR, cédula de identidad Nº V-6.260.203, ha cumplido de la pena impuesta por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, un total de tres (03) años, ocho (08) meses y tres (03) días de prisión.
SEGUNDO: Se establece que el penado CABRERA PEREZ JULIO CESAR, cédula de identidad Nº V-6.260.203, le falta por cumplir de la pena impuesta un total de cinco (05) años, cuatro (04) meses y veintisiete (27) días de prisión; razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha diez (10) de abril del año dos mil diecinueve (2019).
TERCERO: Por cuanto el penado CABRERA PEREZ JULIO CESAR, cédula de identidad Nº V-6.260.203, fue condenado a cumplir la pena accesoria contemplada en el artículo 16 del Código Penal, es decir INHABILITACIÓN POLÍTICA: mientras dure la pena, es decir, nueve (09) AÑOS DE PRISIÓN, por.....