DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la abogada MIRIAM GONZÁLEZ, en su carácter apoderado judicial de parte demandada recurrente. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 20 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas; en consecuencia se declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta contra la CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL, S.A (CORPOELEC); SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por indemnización de accidente de trabajo, prestaciones sociales y demás derechos laborales, incoara el ciudadano LUIS ARTURO JASPE CARRASQUEL en contra de la sociedad .....