Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Transacción Judicial antes referida, dando por consumado el acto, por consiguiente, se da por terminado el juicio y de conformidad con lo establecido en el articulo 255 del Código de Procedimiento Civil ordena se proceda, respecto de dicha transacción, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Regístrese y publíquese, inclusive en el sitio Web de este Tribunal.
Dejese copia de la misma en el Departamento de Archivo de este Tribunal, conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Higuerote, a lo.....