Ahora bien, por lo anteriormente expuesto y en atención a los recaudos consignados, así como también los testimonios de los ciudadanos identificados Ut. Supra, este Tribunal De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas Del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda sin perjuicios de terceros, DECLARA: las presentes actuaciones como TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos: CARMEN DAMELIS VILERA TORREALBA, venezolana, soltera, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-12.301.109; CARLOS ARMANDO MAFILITO TADINO, AMANDA ANAIS MAFILITO VILERA, y DAMEXI NAISBELIS MAFILITO, venezolanos, solteros, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nros, V-18.729.054, V-30.255.978 y V-30.798.983, respectivamente, en sus condiciones de concubina e hijos, sobre los derechos que corresponden a quien en vida respondía al nombre de ARMANDO AIR MAFILITO LEVA, quien era ce.....