...DECRETA: De conformidad con lo establecido en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes muebles propiedad del CONDOMINIO DEL CONJUNTO PARQUE RESIDENCIAL CIUDAD CASARAPA, PARCELA 10., hasta cubrir la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL SETENTYA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON VEINTINUEVE CENTIMOS (BsF. 53.076,29), que comprende el doble de lo demandado por concepto del monto facturado, intereses de mora, mas las costas, calculadas prudencialmente por este Tribunal en un veinticinco por ciento (25%) y que ascienden a la cantidad de CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (BsF. 5.897,37). Asimismo, en caso de que dicha medida se ejecute sobre cantidades liquidas en dinero deberá recaer sobre la cantidad de VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (BsF. 29.486,83), que comprende lo demandado mas las costas calculadas prudencialmente por este Tribunal en un veinticinco por ciento (25%).....