Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos GLADYS MUÑOZ de DELGADO, BERTHA YRENES DELGADO MUÑOZ, ADRIANA MERCEDES DELGADO MUÑOZ y JUAN LUIS DELGADO MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.724.436, V-6.269.342, V-6.326.460 y V-10.803.584, respectivamente. Únicos y Universales Herederos del causante JUAN PASTOR DELGADO ALFONZO (), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-952.819, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déj.....