este Tribunal da por consumado el acto, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, asimismo se levantan las Medidas Preventivas de Prohibición de Enajenar y Gravar y de Embargo Ejecutivo, ofíciese lo conducente al Registrado Jurisdiccional. Hecho lo cual archívese el expediente.-.