...declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado ADERITO DA SILVA CASTRO inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nº 21.092, en su carácter apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 03 de Diciembre de 2.013, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave, por la incomparecencia a la Audiencia de Apelación. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo de 03 de Diciembre de 2.013, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave, quedando con toda fuerza de Ley y se ordena la devolución del expediente. TERCERO: No hay condena en costas, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.