DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Marìa de Lourdes Hernàndez, en su condición de apoderada judicial del tercero interesado, ciudadano José Luís Sanabria, ya identificado.SEGUNDO: SE CONFIRMA con motivación distinta la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave , en fecha 25 de septiembre de 2015, por lo que se declara CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil CORPORACIÒN RIBÒN, C.A., contra la providencia administrativa Nº 000106, dictada en fecha 29 de Julio de 2014, por la Inspectoría del Trabajo en los Valles del Tuy, Estado Bol.....