...por Autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el presente Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del Derecho Jairo Lugo Aranguren, en su carácter de Defensor Privado del acusado Abrahán Noé Lugo Ramos,
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, sede Los Teques, en fecha 21/11/2011 y publicado el texto integro en fecha 27/01/2012, mediante la cual, el Órgano Jurisdiccional prenombrado, CONDENÓ a los ciudadanos ABRAHÁN NOÉ LUGO RAMOS, por encontrarlo responsable en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con los artículos 455, artículo 80 primer aparte y artículo 82, todos del Código Penal venezolano, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, descrito en el artículo 281 en relación con el artículo 277 del Código Penal y LESIONES INTENCIONALES DE MEDIA.....