Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con Sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la ley, ORDENA la aprehensión del ciudadano OSWALDO RAMON GONZALEZ, portador de la cédula de identidad Nº V- 6.448.642, y una vez que se materialice la misma, se realizará el cómputo respectivo de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena oficiar a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, ordenando lo conducente, anexándole boleta de encarcelación dirigida al Internado Judicial Los Teques, donde el penado de Autos quedará recluido a la orden de este Tribunal.-