Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público a tenor de lo dispuesto en el artículo 331 numerales 2 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado: TORRES LINARES JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.841.079, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406.3 letra A del Código Penal Vigente. Se ADMITE de conformidad con el articulo 330.2.9 del Código Orgánico Procesal Penal, la acusación interpuesta por la Fiscalia Quinta del Ministerio Publico en fecha 06-07-06. Se DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscalia y la defensa relativa a la medida cautelar sustitutiva de libertad, de conformidad a lo establecido en el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal........................