...TERCERO: En relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, establecida en el aludido artículo 13 sustantivo penal, se desaplica la misma en estricto cumplimiento este Tribunal en función de ejecución de fallo que con carácter vinculante para todos los jueces de la República profiriera la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha veintiuno (21) de febrero del corriente año dos mil ocho (2008), con ponencia del Magistrado Dr. MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN, (caso LUZ MARINA GUERRA MORENO), en expediente número 07-1653, en el que se reitera cambio de doctrina que respecto de los artículos 13, numeral 3 y 22, ambos del Código Penal, ya hiciera tal Sala en sentencia número 940, de data veintiuno (21) de mayo del año dos mil siete (2007); no queda entonces la persona del penado, ciudadano CARLOS EDUARDO PÉREZ, ut supra identificado, obligado al cumplimiento de la pena accesori.....