...por Autoridad de la Ley, SE DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD Y REVISIÓN de la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal que recae sobre la acusada COLINA ABDULAH LIANA DEL CARMEN, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-16.673.613, VENEZOLANA, NATURAL DE CARACAS DISTRITO CAPITAL, PROFESIÓN U OFICIO AMA DE CASA; RESIDENCIADA EN: VALLES DEL TUY, URBANIZACIÓN CARTANAL, SECTOR 2 CALLA 43 CASA Nº 18, por cuanto siguen estando vigente, sin cambio alguno, los fundamentos de hecho y derecho que motivaron dicha medida y no fueron aportado por la defensa, nuevos elementos que constituyan un cambio de la situación jurídica del acusado en el oficio N° DPP16-093-14, realizada por la Defensora Publica Penal DRA. MERCEDES FLORES, presentada ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal el día 11-03-14 y recibido por este Tribunal en fecha 13-03-14, constante de tres (03) folios útiles, de conformidad con lo es.....