En fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, concordados con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia dictada por la Sala Constitucional de fecha 02 de junio de 2015, Nro. 693, declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, existente entre los ciudadanos: LISBETH DEL VALLE LEZAMA AGUILAR y RAUL ANTONIO VASQUEZ TINEO, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.405.551 y V-11.555.633, respectivamente, celebrado por ante por el Registro Civil del Municipio Brión, según Acta de Matrimonio N° 79, de fecha 20 de j.....