.......CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos Rocelys del Valle Lugo Díaz y Ovidio Ramón Rada Parra, venezolanos, titulares de las C.I.V.- 14.275.691 y 11.412.947, respectivamente, en contra de las sociedades mercantiles Oxicar Tuy, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 22 de octubre de 1996, quedando asentado bajo el número 33, Tomo 145-A, y Oxígenos Carabobo, C.A. (Oxicar), debidamente inscrita por ante el Registro