En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN que por cobro de diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales incoaran los ciudadanos JORGE LUIS HERRERA MEJIAS Y RODOLFO ENRIQUE MARIN SOTO, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-18.132.896 y V-6.403.418 contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A.; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoaran los ciudadanos ANTONIO FIGUERA, MICHELL ORLANDO GUACACHE, DONIE RAMON TEBRES MANAGUA y YUBERHT JESUS MOLINA LIZCANO, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-4.008.663, V-16.193.911, V-7.944.774 y V-18.720.952, respectivamente; e.....