En el día de hoy, Catorce (14) de Mayo del año dos mil tres (2003), siendo las 03:00 horas de la tarde comparece por ante este Tribunal de Ejecución el adolescente (Identidad omitida Art. 65 y 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), quien manifiesta su deseo de entregarse, por cuanto se encontraba evadido del Centro de Diagnóstico y Tratamiento “Francisco de Miranda N° 2” con sede en Los Teques, desde el día 15-04-03. En este estado se le concede el derecho a ser oído tal como lo establece el Articulo 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, asimismo se le explicó el precepto contenido en el Articulo 49, Ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Acto seguido este Tribunal Procede a practicar nuevo cómputo a los fines de determinar el tiempo que le falta al adolescente (Identidad omitida Art. 65 y 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), para cumplir la.....