este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la APELACION, interpuesta ROSANA ISABEL CALVO PIÑA, GRACIELA CEDEÑO DE BANDRE y ADELIS OVIDIO GONZALEZ BARRETO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. 15.821.525, 4.817.067 y 10.087.427, respectivamente.