PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 14 de abril de 2008, por el Dr. HECTOR DEL V. CENTENO G., en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), incoara la Sociedad Mercantil SERVICIOS C. JUIZ y ASOCIADOS C.A., en contra de la ciudadana GINA VELASQUEZ GARCIA