Consta de autos, que el penado fue detenido como consecuencia de la presente causa, en fecha 12 de julio del 2001, según se desprende de acta policial cursante al folio 22 de la única pieza de este asunto, permaneciendo detenido hasta la presente fecha 14-06-04, lo cual implica que ha consumido de la pena impuesta un lapso de DOS (2) AÑOS Y ONCE (11) MESES. faltándole en consecuencia por sufrir TRES (3) AÑOS y UN (1) MES DE PRESIDIO lo cual cumplirá en fecha 12-07-2.007.
...DE LAS PENAS ACCESORIAS
a)Interdicción civil..
b) Inhabilitación política..
c) Sujeción a la vigilancia de la autoridad..
DE LAS MEDIDAS DE PRELIBERTAD
2.- DESTACAMENTO DE TRABAJO...
2.- REGIMEN ABIERTO...
3.- LIBERTAD CONDICIONAL...
4.- CONFINAMIENTO...
...Luego de haber estado privado de su libertad por un tiempo no inferior a la mitad de la pena que le haya sido impuesta, que en este caso es de TRES (3) AÑOS, la cual estaría cumpliendo el condenado el día.....