en consecuencia, se ordena Oficiar a la División de Antecedentes Penales a los fines de la remisión de la Certificación de los antecedentes penales del penado; Se Ordena Oficiar al Ministerio de Interior y Justicia a los fines de que le sea practicado el informe psicosocial y Trasládese al penado a los fines de notificarles que debe presentar por ante este tribunal Oferta de Trabajo; la dirección de la residencia así como documentos de identificación a los fines de su respectiva verificación de conformidad con lo previsto en el artículo 507 del Código Orgánico Procesal Penal, así como para imponerlo de la presente decisión. Y ASI SE DECLARA.