"... Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE EL PRESENTE LIBELO DE LA DEMANDA INTERPUESTO POR LA CIUDADANA, OLGA YSABEL SUAREZ GARCIA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-8.752.285, CONTRA LA GUARDERIA E INSTITUTO DE EDUCACIÓN INICIAL LOS TUCUSITOS DE SAN PEDRO, C.A. INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL QUINTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, BAJO LOS N° 37 TOMO 1399-A-QTO, DE FECHA 25-08-2008. ..."