...DECRETA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y las accesorias de INHABILITACION POLITICA, DURANTE EL TIEMPO QUE DURÓ LA PENA PRINCIPAL impuesta a el penado MEDINA COLON RICARDO ENRIQUE, titular de la cedula de identidad Nº V-16.148.185, Venezolano, natural de los Teques, Estado Miranda, de profesión u oficio obrero, residenciada en: Barrio El Nacional, Sector La Línea, casa sin numero, de bloques sin frisar, al lado de la obra del Metro, Los Teques, Estado Miranda, quien fue condenado a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el en el articulo 460 del Código Penal, vigente para la fecha del hecho.; de igual forma se deja constancia que el ciudadano en cuestión fue condenado a las penas accesorias, específicamente la INHABILITACION POLITICA Y SUJECION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD DURANTE EL TIEMPO QUE DURÓ LA PENA PRINCIPAL conforme a lo establecido en el artículo 16 numerales 1 y 2 del Código Penal;.....