Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECRETA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano CARLOS EDUAR ARCILES NASPE, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nro V- 17.752.330, sobre una bienhechuría ubicada en la Calle Lander, Urbanización Cristóbal Rojas, sector Pinto Salinas, Cúa, Municipio Rafael Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, y declara haber fabricado a sus solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio, encontrándose alinderado tal y como aparece reflejado en el esc.....