Los Teques, 14 de Julio de 2.003.
193º. Y 144º.
Debidamente impuesto como ha quedado el joven adulto IDENTIFICACION OMITIDA, al cumplimiento de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Vista igualmente la comunicación No. 256/03, de fecha 30/06/2003, emanada de Servicio de Libertad Asistida del Centro de Atención Comunitaria Municipal de la Alcaldía del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda; este Tribunal, observa:
Que el joven adulto IDENTIFICACION OMITIDA, compareció ante el Servicio de Libertad Asistida del Centro de Atención Comunitaria Municipal de la Alcaldía del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, a fin de dar inicio al cumplimiento de la medida de Libertad Asistida el día 05/06/2003, siendo esta la fecha que, de acuerdo a lo impuesto al menciona.....