DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la Dra. ADRIANA RODRIGUEZ PIMENTEL, en su carácter de defensora del ciudadano BRACHO PARRA ULICES RAFAEL, titular de la cédula de identidad número V.- 11.040.550, de la revisión de la Medida Judicial Privativa de Libertad de su defendido, por la aplicación de medidas cautelares sustitutivas menos gravosa y de posible cumplimiento de las contenidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 243, en relación con el artículo 253, en concordancia con lo previsto en el artículo 251 numerales 1°, 2° y 3°, todos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente.