declara: SIN LUGAR, el otorgamiento solicitado por la Defensa Pública, en representación del penado, de la Suspensión Condicional del Cumplimiento de la Pena, según establecen los artículos 478 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal; en beneficio del ciudadano penado: DIONISIO RAMON ALVAREZ AVARIANO; todo ello conforme lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 173 del Código Orgánico Procesal Penal.